CUOTAS
CUOTAS COACYLE AÑO 2026
En aplicación de los acuerdos de la Asamblea de 17 de diciembre de 2025, las Cuotas COACYLE para el año 2026 quedan establecidas de la siguiente manera:
Colegiado con antigüedad:
Cuota 2026: 195,45 € (Incluido IVA), que se desglosa de la siguiente manera:
Cuota CSCAE: 44,10€ (Exenta de IVA)
Cuota estatutaria: 119,94 € (Exento de IVA)
Cuota servicios obligatorios: 25,96 € + 21% IVA
Primeras Colegiaciones:
Colegiado 1er y 2º año en la antigüedad del Título (de sep. 2024 a dic. 2026): 50,38 € (Incluido IVA), que se desglosa de la siguiente manera:
Cuota CSCAE: 44,10€ (Exenta de IVA)
Cuota estatutaria: Bonificado 100% : 0,00€
Cuota servicios obligatorios: 5,19 € + 21% IVA
Coste de Inscripción: Exento
Colegiado con antigüedad del título (anterior a septiembre 2024): 305,16 € (Incluido IVA), que se desglosa de la siguiente manera:
Cuota CSCAE: 44,10€ (Exento de IVA)
Cuota estatutaria: 119,94 € (Exento de IVA)
Cuota servicios obligatorios: 25,96 € + 21% IVA
Coste de Inscripción: 109,71 € (Exento de IVA)
-Los Colegiados trasladados desde otros Colegios, sin periodo de vacío colegial, abonarán la cuota completa en el momento de su alta, sin necesidad de abonar los costes de inscripción.
Registro de Sociedades
Coste de Inscripción: 658,26 € (Exento de IVA)
Modificaciones:
Cada inscripción en el registro supone una modificación.En las modificaciones de datos de Sociedades que no comporten la modificación del CIF, se aplicará un coste de 164,57 €La modificación del CIF de la Sociedad supone un nuevo registro, lo que genera la obligación del pago completo del coste de Inscripción.
Cambios de modalidad de colegiación
Los Colegiados que soliciten un cambio en la modalidad de colegiación, deberán hacerlo antes del día 31 de diciembre de 2025, con un periodo de resolución de un mes. En caso de solicitarlo con posterioridad a esta fecha:
Las solicitudes de Baja serán atendidas previo pago de la Cuota 2026 correspondiente.
Las solicitudes para pasar a la situación de “Jubilado” serán atendidas con efecto de exención de la cuota para la próxima anualidad 2027.
Las solicitudes de altas, bajas o cambios en la modalidad de colegiación tienen un periodo de validez máximo de 3 meses. Si pasado ese tiempo no se han resuelto los compromisos de dichas solicitudes se requerirá presentar una nueva solicitud.
Para alzar una suspensión por impago de cuota, se deberá abonar la deuda contraída más un 20% de recargo sobre la deuda pendiente.
El cobro de la Cuota 2026 se fraccionará en dos plazos del 50% que previsiblemente se pasarán al cobro en el mes de marzo y septiembre.//


















